Normas de conducta

Bienvenidos a la Biblioteca Pública de Los Ángeles. Trabajemos juntos para crear un espacio seguro, acogedor y cómodo para todos.

Durante su estancia en la biblioteca, por favor:

  1. Respeta y sé considerado con los demás.

  • A) Se prohíbe generar ruido innecesario, incluido el uso de teléfonos celulares, buscapersonas, auriculares y otros dispositivos de comunicación, audio y electrónicos que molesten a otros clientes o al personal.
  • B) Está prohibido entrar a la biblioteca en condiciones insalubres, incluyendo, entre otras cosas, mal olor en la ropa, olor corporal, insectos o plagas, o con pertenencias insalubres que interfieran con el uso y disfrute de la biblioteca por parte de otros usuarios o con el funcionamiento del personal de la biblioteca.
  1. Acompaña y responsabilízate de las personas a tu cargo.

  • A) Se prohíbe dejar a niños menores de once (11) años o adultos que requieran supervisión solos y sin compañía en la biblioteca, excepto para actividades programadas con el consentimiento del personal. La biblioteca no se responsabiliza por los niños que queden sin supervisión en sus instalaciones o en los terrenos de la misma.
  1. Utilice los muebles, equipos y espacios para los fines previstos.

  • A) Está prohibido comer, beber o exhibir alimentos o recipientes líquidos abiertos sin el consentimiento del administrador del edificio de la biblioteca, excepto agua en recipientes líquidos resellables.
  • B) Está prohibido usar los baños o las fuentes de agua de la biblioteca para bañarse, afeitarse o lavar la ropa. Está prohibido permanecer en los baños sin motivo aparente.
  • C) Se prohíbe mendigar, solicitar, distribuir o vender mercancías, o realizar cualquier otra transacción comercial en las instalaciones de la biblioteca sin el permiso por escrito del bibliotecario municipal. La recolección de firmas fuera de la biblioteca debe realizarse de conformidad con la ley.
  • D) Se prohíbe el ingreso de cualquier animal a las instalaciones de la biblioteca, excepto los animales de servicio entrenados individualmente para realizar tareas o funciones para una persona con discapacidad, de conformidad con la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA). Los animales que formen parte de un programa de la biblioteca podrán ingresar a las instalaciones con el consentimiento del personal.
  • E) Se prohíbe a los adultos usar las áreas designadas para niños o adolescentes, asistir a programas para niños o adolescentes, o usar las computadoras designadas para niños o adolescentes sin estar acompañados por un niño o adolescente o sin necesidad de usar los recursos de esas áreas. Los adultos que no estén acompañados por un niño o adolescente pueden usar materiales o asistir a programas en las áreas designadas para niños o adolescentes con el permiso del personal de la biblioteca.
  • F) Está prohibido alimentar a las aves u otros animales silvestres en las instalaciones de la biblioteca.
  1. Recuerda que todos compartimos el aire y los olores fuertes pueden afectar negativamente a los demás.

  • A) Está prohibido usar o rociar productos con fragancias intensas, como perfumes o ambientadores.
  1. Vístase apropiadamente para un espacio público.

  • A) Está prohibido entrar a la biblioteca sin usar zapatos y prendas que cubran el torso. Los usuarios no pueden quitarse los zapatos ni las prendas que cubren el torso mientras se encuentren en la biblioteca.
  1. Abandone las instalaciones de la biblioteca inmediatamente cuando se le solicite.

  • A) Queda prohibido negarse a abandonar las instalaciones de la biblioteca a la hora de cierre o entrar sin autorización en cualquier momento.
  • B) Está prohibido entrar en zonas no públicas sin autorización.

Para garantizar la seguridad de todos, hay ciertos comportamientos que no están permitidos, entre ellos:

  1. Abuso de cualquier tipo hacia los demás

  • A) Se prohíbe participar en actividades que puedan resultar en intimidación, lesiones o daños a los usuarios o empleados de la biblioteca.
  • B) Se prohíbe participar en conductas disruptivas o inseguras, incluyendo interferir con los empleados de la biblioteca en el desempeño de sus funciones, u obstruir, acosar, ofender, molestar o intimidar a otros.
  • C) Se prohíbe el uso de lenguaje fuerte, abusivo, amenazante o profano.
  • D) Está prohibido mirar fijamente o seguir a un cliente o miembro del personal de una manera que razonablemente pueda esperarse que los moleste.
  1. Dañar o robar bienes de la biblioteca

  • A) Se prohíbe participar en actividades o comportamientos que resulten o puedan resultar en daños a la propiedad de la biblioteca, incluyendo el vandalismo de los baños o cualquier intento de dañar equipos informáticos o alterar configuraciones de software.
  1. actividad ilegal

  • A) Queda prohibido participar en cualquier actividad prohibida por la ley.
  • B) Se prohíbe incurrir en conductas sexuales inapropiadas, como exhibicionismo o tocamientos indecentes, molestar, acosar u ofender a otra persona, o realizar tocamientos que constituyan agresión, lesiones o abuso sexual. Se prohíbe ver o imprimir material ilegal, como pornografía infantil.
  • C) Queda prohibido grabar, fotografiar o filmar a personas en la biblioteca o en las instalaciones de la biblioteca para uso comercial o presentaciones sin el consentimiento previo de la División de Instalaciones de la Biblioteca Pública de Los Ángeles.
  1. Portar o usar un arma

  • A) Está prohibido introducir armas de cualquier tipo en las instalaciones de la biblioteca.
  1. Fumar, intoxicarse o consumir sustancias intoxicantes.

  • A) Queda prohibido fumar cualquier tipo de tabaco, vaporizadores o cigarrillos electrónicos en la biblioteca o en sus instalaciones. Esto incluye la carga de dispositivos electrónicos portátiles para fumar que funcionan con baterías.
  1. Durmiendo

  • A) Está prohibido dormir en la biblioteca.
  1. Introducir objetos personales que puedan interferir con el uso del espacio por parte de otros.

  • A) Se prohíbe monopolizar el espacio, el mobiliario, los enchufes o el equipo de la biblioteca, excluyendo a otros usuarios o al personal. Se prohíbe obstruir los pasillos, las puertas o las escaleras.
  • B) Está prohibido introducir en la biblioteca contenedores, paquetes, maletines, encomiendas o bultos que, individualmente o en conjunto, superen las dimensiones de 24” x 14” x 12”. Se permiten instrumentos musicales, pero no deben tocarse sin el consentimiento del administrador de la biblioteca ni obstruir los pasillos ni acaparar el espacio. No se permitirá el ingreso a la biblioteca de artículos que el administrador considere antihigiénicos.
  • C) Está prohibido introducir bicicletas, carritos de compra u otros vehículos de ruedas grandes en los edificios de la biblioteca. Las sillas de ruedas, los cochecitos y los dispositivos de movilidad solo están permitidos si se utilizan como medio de transporte o como dispositivo de movilidad para un adulto o un niño. Los patines, las patinetas, los patinetes plegables, los hoverboards y otros dispositivos similares deben llevarse consigo dentro de las instalaciones de la biblioteca. Las bicicletas deben guardarse en los aparcamientos para bicicletas designados.

El reglamento completo está disponible previa solicitud y en todos los mostradores de atención al público. Si no cumple con estas normas, se le podrá pedir que abandone la biblioteca y podría perder sus privilegios de uso.


Aplicación de las normas de conducta

Para preservar la paz y facilitar el acceso público a las instalaciones de la biblioteca, esta podrá suspender el acceso a los privilegios de la biblioteca y a todas las bibliotecas a aquellas personas que no cumplan con las normas de conducta establecidas por la biblioteca.

Quien haya visto suspendidos sus privilegios de biblioteca puede apelar la suspensión. Para solicitar una revisión administrativa de la suspensión, envíe la solicitud por escrito a: Oficina Administrativa – Oficial de Audiencias, Biblioteca Pública de Los Ángeles, 630 W. Fifth St., Los Ángeles, CA 90071 o a hearingofficer@lapl.org . Esta solicitud debe realizarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la recepción de la Carta de Suspensión.

La apelación por escrito será revisada por el Oficial de Audiencias dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de revisión administrativa. La decisión del Oficial de Audiencias será definitiva e inapelable. La suspensión de privilegios permanecerá vigente durante el período de revisión. La biblioteca se reserva el derecho de expulsar de inmediato a cualquier usuario que represente un peligro o que de alguna manera amenace al personal de la biblioteca o a otros usuarios.

Aprobado por la Junta de Comisionados de Bibliotecas el 12 de diciembre de 2019. (v.112021)